jueves, 21 de octubre de 2010

PLANEACION DE AUDITORIA SEGUN NIA 300

LES DEJO UN INTERESANTE LINK PLANEACION DE AUDITORIA NIA300
EL VIDEO ES ILUSTRADO Y EXPLICA LOS PROCEDIMEINTOS A APLICAR CUANDO SE PLANEA UNA AUDITORIA .

NIAS PROYECTO DE CLARIDAD

NIAS PROYECTO DE CLARIDAD

lunes, 20 de septiembre de 2010

OBJETIVO Y PRINCIPIOS GENERALES QUE GOBIERNAN


(En vigor para auditorías de estados financieros por los periodos que comiencen en, o después del, 15 de diciembre de 2005. El apéndice contiene modificaciones de adaptación de la norma que entran en vigor en una fecha futura)


CONTENIDO






Párrafo






Introducción

1






Objetivo de una auditoría de estados financieros

2-3






Requisitos éticos relativos a una auditoría de

4-5

estados financieros



Conducción de una auditoría de estados financieros

6-9






Alcance de una auditoría de estados financieros

10-14






Escepticismo profesional

15-16











Seguridad razonable
17-21


Riesgo de auditoría e importancia relativa
22-32


Responsabilidad por los estados financieros
33-36


Determinación de la aceptabilidad del marco de referencia




de información financiera
37-48


Expresión de una opinion sobre los estados financieros
49-51


Fecha de vigencia
52

Apéndice: Modificaciones de adaptación de la NIA 200 como resultado de la NIA 230 (revisada). Vigente
para auditorías de estados financieros por periodos que comiencen en, o después del, 15 de junio de 2006.

La  Norma  Internacional  de  Auditoría (NIA) 200, Objetivo y principios generales
que gobiernan una auditoría de estados financieros deberá leerse en el contexto del "Prefacio a las Normas Internacionales de Control de Calidad, Auditoria,

Revisión, Otros trabajos para atestiguar y Servicios Relacionados" que expone la aplicación y autoridad de las NIA.


Introducción

1. El propósito de esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) es establecer normas y dar lineamientos sobre el objetivo y los principios generales que gobiernan una auditoría de estados tinancieros. También describe la responsabi-lidad de la administración por la preparación y presentación de los estados, financieros y por la identificación del marco de referencia de información finan-ciera que se ha de usar para preparar los estados financieros, al cual se refiere la NIA como el "marco de referencia de información financiera aplicable".

Objetivo de una auditoría de estados financieros

2. El objetivo de una auditoría de estados financieros es facilitar al auditor expresar una opinión sobre si los estados financieros están preparados, respecto de todo lo importante, de acuerdo con un marco de referencia de información financiera aplicable.

3. Una auditoría de estados financieros es un trabajo para atestiguar, según se define en el "Marco de Referencia Internacional para Trabajos para Atestiguar". El marco de referencia define y describe los elementos y objetivos de un trabajo para atestiguar. Las NIA aplican el marco de referencia en el contexto de una

auditoría de estados financieros y contienen los principios básicos y procedimientos esenciales, junto con los lineamientos relativos, para aplicarse en esa auditoría. Los párrafos 34-35 de esta NIA discuten el significado del

término "estados financieros" y la responsabilidad de la administración por dichos estados. Según se discute en el marco de referencia, una condición para la aceptación de un trabajo para atestiguar es que los criterios a que se refiere la
definición sean adecuados" y disponibles a los presuntos usuarios. Los párrafos
37-48 de esta NIA discuten los criterios adecuados y su disponibilidad a los presuntos usuarios para una auditoría de estados financieros mediante la consideración del auditor de la aceptabilidad del marco de referencia de información financiera.

Requisitos éticos relativos a una auditoría de estados financieros

4.   El auditor deberá cumplir con los requisitos éticos relevantes relativos a los trabajos de auditoría.

5.    Según  se  discute  en  la  NIA  220,  Control  de  calidad  para  auditorías  de

información financiera histórica, los requisitos éticos relativos a auditorías de estados financieros ordinariamente comprenden las partes A y B del Código de Ética para Contadores Profesionales, de la Federación Internacional de

Contadores  (el  Código de IFAC) junto con los requisitos nacionales que sean

más estrictos. La NIA 220 identifica los principios fundamentales de ética profesional establecidos por las partes A y B del Código de IFAC y expone las responsabilidades del socio del trabajo respecto de los requisitos éticos. La NIA


220 reconoce que el equipo del trabajo tiene derecho a apoyarse en los sistemas de una firma para cumplir con sus responsabilidades respecto de los procedimientos de control de calidad aplicables al trabajo particular de auditoría

(por  ejemplo,  en  relación con las capacidades y competencia del personal, a
través de su reclutamiento y entrenamiento formal; con la independencia mediante la acumulación y comunicación de información relevantes sobre la independencia; mantenimiento de las relaciones con el cliente por medio de la
aceptación y sistemas de continuación; y con la adhesión a requisitos reguladores y legales mediante el proceso de monitoreo), a menos que la información provista por la firma u otras partes sugiera lo contrario. En consecuencia, la Norma Internacional de Control de Calidad (ISQC o NICC) 1,

Control  de  calidad  para  firmas  que  desempeñan  auditorías  y  revisiones  de

información financiera histórica, y otros trabajos para atestiguar y de servicios relacionados, requiere que la firma 'establezca políticas y procedimientos
diseñados para proporcionarle seguridad razonable de que la firma y su personal cumplen con los requisitos éticos relevantes.

Conducción de una auditoría de estados financieros

6.   El auditor deberá conducir una auditoría de acuerdo con las normas inter-nacionales de auditoría.

7.   Las NIA contienen principios básicos y procedimientos esenciales junto con lineamientos relacionados en forma de material explicativo y de otro tipo, incluyendo apéndices. Los principios básicos y procedimientos esenciales se han de entender y aplicar en el contexto del material explicativo y de otro tipo que da lineamientos para su aplicación. Se considera el texto de toda una norma para entender y aplicar los principios básicos y procedimientos esenciales.

8.   Para conducir una auditoría de acuerdo con las NIA, el auditor también considera y tiene conocimiento de las Declaraciones Internacionales sobre

Práctica de Auditoría (DIPAs o IAPSs. por sus siglas en inglés) aplicables al trabajo de auditoría. Las DIPAs proporcionan guías de interpretación y ayuda

práctica a los auditores para implementar las NIA. Un auditor que no aplica los lineamientos incluidos en una DIPA relevante necesita estar preparado para explicar cómo se ha cumplido con los principios básicos y procedimientos esenciales de la NIA tratados en la DIPA.

9. El auditor puede también conducir la auditoría de acuerdo tanto con las NIA como con normas de auditoría de una jurisdicción o país específico.

Alcance de una auditoría de estados financieros

10. El término "alcance de una auditoría" se refiere a los procedimientos de auditoría que. a juicio del auditor y con base en las NIA, se consideran apropiados en las cir ciunstancias para lograr el objetivo de la auditoría.



11.  Para determinar los procedimientos de auditoría que ha de desempeñar para conducir una auditoría de acuerdo con las NIA, el auditor deberá cumplir con cada una de las NIA relevantes a la auditoría.

12.  Al desempeñar una auditoría, se debe pedir a los auditores que cumplan con otros requisitos profesionales, legales o de regulación además de las NIA. Las

NIA no dominan sobre las leyes y regulaciones locales que gobiernan una auditoría de estados financieros. En el caso de que dichas leyes y regulaciones difieran de las NIA, una auditoría conducida de acuerdo con las leyes y regulaciones locales no cumplirá automáticamente con las NIA.

13.  Cuando el auditor conduce la auditoría de acuerdo con las NIA y con normas de auditoría de una jurisdicción o país específico, además de cumplir con cada una de las NIA relevantes a la auditoría, el auditor también desempeña cualesquier procedimientos adicionales necesarios para cumplir con las normas relevantes de dicha jurisdicción o país.

14.  El auditor no deberá manifestar cumplimiento con normas internacionales de auditoría, a menos que haya cumplido totalmente con todas las NIA relevantes a la auditoría.

Escepticismo profesional

15.   El auditor deberá planear y desempeñar una auditoría con una actitud de escepticismo profesional reconociendo que pueden existir circunstancias que hagan que los estados financieros estén representados erróneamente en una forma de importancia relativa.

16.   Una actitud de escepticismo profesional significa que el auditor hace una evaluación crítica, con una mentalidad cuestionante, de la validez de la evidencia de auditoría obtenida y está alerta a evidencia de auditoría que contradiga o ponga en duda la confiabilidad de los documentos y respuestas a averiguaciones y otra información obtenida de la administración y de los encargados del gobierno corporativo. Por ejemplo, es necesaria una actitud de escepticismo profesional a lo largo del proceso de auditoría para que el auditor reduzca el riesgo de pasar por alto circunstancias inusuales desobregeneralizar cuando extrae conclusiones de las observaciones de auditoría, y de usar supuestos defectuosos para determinar la naturaleza, oportunidad y extensión de los procedimientos de auditoría y para evaluar los resultados consiguientes. Cuando hace averiguaciones y desempeña otros procedimientos de auditoría, el auditor no quedará satisfecho con evidencia de auditoría que sea menos que persuasiva con base en una creencia de que la administración y los encargados del gobierno corporativo son honrados y tienen integridad. En consecuencia, las representaciones de la administración no son un sustituto de la obtención de suficiente evidencia apropiada de auditoría para poder extraer conclusiones


razonables sobre las que se base la opinión del auditor.

Seguridad razonable

17.   Un auditor que conduce una auditoría de acuerdo con las NIA obtiene seguridad razonable de que los estados financieros tomados como un todo están libres de representación errónea de importancia relativa, ya sea debida a fraude o a error. Seguridad razonable es un concepto relativo a la acumulación de la evidencia de auditoría necesaria para que el auditor concluya que no hay representaciones erróneas de importancia relativa en los estados financieros tomados como un todo. La seguridad razonable se relaciona con el proceso total de auditoría.

18.   Un auditor no puede obtener seguridad absoluta porque hay limitaciones inherentes en una auditoría que afectan la capacidad del auditor para detectar representaciones erróneas de importancia relativa.-Estas limitaciones son
resultado de factores como los siguientes:                .

·         El uso de pruebas.

·         Las limitaciones inherentes del control interno (por ejemplo, la posibilidad de que la administración sobrepase el control o de colusión).

·         El hecho de que la mayor parte de la evidencia de auditoría es persuasiva más que conclusiva.

19. También, el trabajo emprendido por el auditor para formar una opinión de auditoría está impregnado de juicio, en particular respecto de:

a) La compilación de evidencia de auditoría, por ejemplo, al decidir la naturaleza, oportunidad y extensión de los procedimientos de auditoría.

b)            La extracción de conclusiones con base en evidencia de auditoría compi-lada, por ejemplo, evaluar lo razonable de las estimaciones hechas por la administración para preparar los estados financieros

20. Además, otras limitaciones pueden afectar la persuasividad de la evidencia de auditoría disponible para extraer conclusiones sobre aseveraciones particulares (por ejemplo, transacciones entre partes relacionadas). En estos casos, ciertas NIA identifican procedimientos de auditoría especificados que proporcionarán, debido a la naturaleza de las aseveraciones particulares, suficiente evidencia apropiada de auditoría a falta de:

a)        Circunstancias inusuales que incrementen el riesgo de representación

. errónea de importancia relativa más allá del que se esperaría ordinaria-mente.



b)            Cualquier indicación de que ha ocurrido una representación errónea de importancia relativa.

21. En consecuencia, debido a los factores descritos antes, una auditoría no es

una garantía de que los estados financieros estén libres de representación errónea de importancia relativa, porque la seguridad absoluta no es asequible.
Más aún, una opinión de auditoría no asegura la futura viabilidad de la entidad ni la eficiencia ni efectividad con que la administración haya conducido los asuntos de la entidad.

Riesgo de auditoría e importancia relativa

22.  Las entidades siguen estrategias para lograr sus objetivos y, de acuerdo con la naturaleza de sus operaciones e industria, el entorno de regulación en que operan, así como su tamaño y complejidad, se enfrentan a una diversidad de riesgos de negocios. La administración es responsable de identificar estos riesgos y de responder a ellos. Sin embargo, no todos los riesgos se relacionan con la preparación de los estados financieros. Finalmente, al auditor le interesan sólo los riesgos que puedan afectar a los estados financieros.

23.   El auditor obtiene y evalúa evidencia de auditoría para obtener seguridad razonable sobre si los estados financieros dan un punto de vista verdadero y razonable o están presentados razonablemente, respecto de todo lo importante, de acuerdo con el marco de referencia de información financiera aplicable. El concepto de seguridad razonable reconoce que hay un riesgo de que la opinión de auditoría sea inapropiada. El riesgo de que el auditor exprese una opinión de auditoría inapropiada cuando los estados financieros están representados

erróneamente, en una forma de importancia relativa, se conoce como "riesgo de auditoría."

24.  El auditor deberá planear y desempeñar una auditoría para reducirel riesgo a un nivel aceptablemente bajo, que sea consistente con el objetivo de una auditoría. El auditor reduce el riesgo de auditoría al diseñar y desempeñar procedimientos para obtener evidencia suficiente apropiada de auditoría para extraer conclusiones razonables en las que se base una opinión. Se obtiene seguridad razonable cuando el auditor ha reducido el riesgo de auditoría a un nivel aceptablemente bajo.

25.  El riesgo de auditoría es una función del riesgo de representación errónea de importancia relativa de los estados financieros (o simplemente, el "riesgo de representación errónea de importancia relativa"; es decir, el riesgo de que los estados financieros estén representados erróneamente en una forma de importancia relativa antes de la auditoría) y el riesgo de que el auditor no detecte esta representación errónea (riesgo de detección). El auditor desempeña procedimientos de auditoría para evaluar el riesgo de representación errónea de


importancia relativa y busca limitar el riesgo de detección realizando procedimientos de auditoría adicionales con base en dicha evaluación (ver NIA

315, Entendimiento de la entidad y su entorno y evaluación de los riesgos de representación errónea de importancia relativa y la NIA 330, Procedimientos del auditor en respuesta a los riesgos evaluados). El proceso de auditoría implica el ejercicio de juicid profesional al diseñar el enfoque de auditoría, mediante el centrarse en lo que pueda salir mal (es decir, cuáles son las potenciales representaciones erróneas que pueden surgir) a nivel aseveración (ver NIA 500,
Evidencia de auditoría) y desempeñar procedimientos de auditoría eri respuesta a los riesgos evaluados para obtener evidencia suficiente apropiada de auditoría

26. Al auditor le preocupan las representaciones erróneas de importancia relativa, y no es responsable de la detección de representaciones erróneas que no sean de importancia relativa para los estados financieros tomados como un todo. El auditor considera si el efecto de representaciones erróneas identificadas sin corregir, tanto en lo individual como en el agregado, es de importancia relativa para los estados financieros tomados como un todo. La importancia relativa y el riesgo de auditoría están relacionados (ver NIA 320,
Importancia relativa de la   auditoría).  Con  el fin  de  diseñar procedimientos de
auditoría para determinar si hay representaciones erróneas que sean de importancia relativa para los estados financieros tomados como un todo, el auditor considera el riesgo- de representación errónea de importancia relativa a dos niveles: el nivel general de estado financiero y en relación con clases de transacciones, saldos de cuentas, así como revelaciones y las aseveraciones relacionadas.

27. El auditor considera el riesgo de representación errónea de importancia relativa a nivel general de estado financiero, que se refiere a riesgos de representación errónea de importancia relativa que se relacionan de manera dominante con los estados financieros como un todo y, potencialmente, afectan a muchas aseveraciones. Los riesgos de esta naturaleza a menudo se relacionan con el entorno de control de la entidad (aunque estos riesgos pueden

también relacionarse con otros factores, como condiciones económicas a la baja), y no son necesariamente riesgos identificables con aseveraciones específicas a nivel de clase de transacciones, saldo de cuenta, o revelación.

Más bien, este riesgo general representa circunstancias que incrementan el riesgo de que pudiera haber representaciones erróneas de importancia relativa en cualquier número de aseveraciones diferentes, por ejemplo, porque la administración sobrepase el control interno. Estos riesgos pueden ser especialmente relevantes a la consideración del auditor del riesgo de representación errónea de importancia relativa que se origine de fraude. La respuesta del auditor al riesgo evaluado de representación errónea a nivel general de estado financiero incluye consideraciones del conocimiento, habilidad y capacidad del personal al que se asignan importantes responsabilidades del trabajo, incluyendo si se debe involucrar a expertos; los niveles apropiados de supervisión; y si hay eventos o condiciones que puedan proyectar duda impor-


tante sobre la capacidad de la entidad de continuar como un negocio en marcha.

28. El auditor también considera el riesgo de representación errónea de importancia relativa a nivel de clase de transacciones, saldo de cuenta, y revelación, porque tal consideración ayuda directamente a determinar la naturaleza, oportunidad, y extensión de procedimientos de auditoría adicionales a nivel aseveración . El auditor busca obtener suficiente evidencia apropiada de auditoría a nivel de clase de transacciones, saldo de cuenta y revelación, de manera tal que facilite al auditor, a la terminación de la auditoría, expresar una
opinión sobre los estados financieros tomados como un todo a un nivel aceptablemente bajo de riesgo de auditoría. Los auditores usan diversos enfoques para lograr ese objetivo.

29. La discusión de los párrafos siguientes da una explicación de los componentes del riesgo de auditoría. El riesgo de representación errónea de importancia relativa a nivel de aseveración consiste de dos componentes, como sigue:

· Riesgo inherente: es la susceptibilidad de una aseveración a una repre-sentación errónea que pudiera ser de importancia relativa, ya sea en lo individual o cuando se acumula con otras representaciones erróneas, supo-niendo que no hay controles relacionados. El riesgo de esta representación

errónea es mayor para algunas aseveraciones y clases relacionadas de transacciones, saldos de cuentas y revelaciones que para otras. Por ejemplo,

es  más probable que se representen erróneamente los cálculos complejos

que los cálculos sencillos. Las cuentas que consisten de cantidades derivadas de estimaciones contables que están sujetas a una falta de certeza importante en la medición, plantean rieseos mayores que las cuentas que consisten de datos objetivos, de relativa rutina. Las circunstancias externas que dan origen a riesgos de negocios pueden también influir en el riesgo inherente. Por ejemplo, los desarrollos tecnológicos podrían hacer obsoleto un producto determinado, causando, por lo tanto, que el inventario sea más susceptible a exageración. Además de las circunstancias que son peculiares a una aseveración específica, factores de la entidad y su entorno que se relacionan con varias o todas las clases de transacciones, saldos de cuentas o revelaciones, pueden influir en el riesgo inherente relacionado con una aseveración específica. Estos últimos factores incluyen, por ejemplo,, una falta de suficiente capital de trabajo para continuar operaciones o una industria en declive caracterizada por un gran número de fracasos de negocios.

·         Riesgo de control: es el riesgo de que una representación errónea que pudiera ocurrir en una aseveración y que pudiera ser de importancia relativa, ya sea en lo individual o cuando se acumula con otras representaciones erróneas, no se prevenga o detecte y corrija oportunamente por el control interno de la entidad. Ese riesgo es una función de la efectividad del diseño y


la operación del control interno para lograr los objetivos de la entidad relevantes para la preparación de los estados financieros de la entidad. Siempre existirá algún riesgo de control debido a las limitaciones inherentes del control interno.

30.  El riesgo inherente y el riesgo de control son riesgos de la entidad; existen independientemente de la auditoría de los estados financieros. Se requiere que el auditor evalúe el riesgo de representación errónea de importancia relativa a nivel de aseveración como base para procedimientos adicionales de auditoría, aunque esa evaluación es un juicio, más que una medición precisa del riesgo. Cuando la evaluación por el auditor del riesgo de representación errónea de importancia relativa incluye una expectativa de la efectividad operativa de los controles, el auditor desempeña pruebas de control para soportar la evaluación del riesgo. Las NIA ordinariamente no se refieren al riesgo inherente y al riesgo de control por separado, sino más bien a una evaluación combinada del "riesgo de representación errónea de importancia relativa." Aunque las NIA ordinariamente describen una evaluación combinada del riesgo de representación errónea de importancia relativa, el auditor puede hacer evaluaciones separadas o combinadas del riesgo inherente y del de control, dependiendo de las técnicas o metodología de auditoría preferidas y de consideraciones prácticas. La evaluación del riesgo de representación errónea de importancia relativa puede expresarse en términos cuantitativos, como porcentajes, o en términos no cuantitativos. En todo caso, es más importante la necesidad de que el auditor haga las evaluaciones apropiadas del riesgo que los diferentes enfoques con los que puedan hacerse.

31.    Riesgo de detección: es el riesgo de que el auditor no detecte una representación errónea que existe en una aseveración que pudiera ser de importancia relativa, ya sea en lo individual o cuando se acumula con otras representaciones erróneas. El riesgo de detección es una función de la efectividad de un procedimiento de auditoría y de su aplicación por el auditor. El riesgo de detección no puede reducirse a cero pqrque el auditor oeneralmente no examina toda una clase de transacciones, saldo de cuenta o revelación. y debido a otros factores. Dichos factores incluyen la posibilidad de que un auditor pudiera seleccionar un procedimiento de auditoría inapropiado, aplicar mal un procedimientos de auditoría apropiado, o malinterpretar los resultados de auditoría. Estos otros factores ordinariamente pueden manejarse mediante una planeación adecuada, la asignación apropiada de personal al equipo del trabajo,

la aplicación de escepticismo profesional, así como supervisión y revisión del trabajo de auditoría desempeñado.

32. El riesgo de detección se relaciona con la naturaleza, oportunidad y extensión de los procedimientos del auditor que éste determina para reducir el riesgo de auditoría a un nivel aceptablemente bajo. Para un nivel dado de riesgo de auditoría, el nivel aceptable de riesgo de detección lleva una relación inversa con la evaluación del riesgo de representación errónea de importancia relativa a


nivel de aseveración. Mientras mayor sea el riesgo de representación errónea de importancia relativa que cree el auditor que existe, menor será el riesgo de detección que puede aceptarse. A la inversa, mientras menor sea el riesgo de representación errónea de importancia relativa que el auditor cree que existe,

mayor será el riesgo de detección que puede aceptarse.

Responsabilidad por los estados financieros

33.  Si bien el auditor es responsable de formar y expresar una opinión sobre los estados financieros, la responsabilidad por la preparación y presentación de los mismos, de acuerdo con el marco de referencia de información financiera aplicable, es de la administración de la entidad, con supervisión de los encargados del gobierno corporativo. La auditoría de los estados financieros no releva a la administración ni a los encargados del gobierno corporativo de sus responsabilidades.

34.  El término "estados financieros" se refiere a una representación estructurada de la información financiera, que ordinariamente incluye notas complementarias, derivada de registros contables y que se propone comunicar los recursos econó-micos u obligaciones de una entidad en un momento del tiempo o los cambios correspondientes por un periodo de tiempo, de acuerdo con un marco de referencia de información financiera. El término puede referirse a un juego completo de estados financieros, pero puede también referirse a un solo estado financiero, por ejemplo, un balance general o un estado de ingresos y gastos, y las notas aclaratorias relacionadas.

35.  Los requisitos del marco de referencia de información financiera determinan la forma y contenido de los estados financieros y lo que constituye un juego completo de estados financieros. Para ciertos marcos de referencia de informa-

ción financiera, un solo estado financiero (como un estado de flujo de efectivo y las notas aclaratorias relacionadas) constituye un juego completo de estados financieros. Por ejemplo, la Norma Internacional de Contabilidad del Sector
Público (IPSAS, por sus siglas en inglés), Información financiera bajo la contabilidad con base en efectivo, declara que el principal estado financiero es un estado de recibos y pagos de efectivo cuando una entidad del sector público prepara y presenta sus estados financieros de acuerdo con esa norma (IPSAS).
Por otra parte, los estados financieros preparados por referencia a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), se proponen ,facilitar informan

ción sobre la posición financiera, desempeño y flujos de efectivo de una entidad.
Un juego completo de estados financieros bajo las NIIF incluye un balance general, un estado de resultados, un estado de cambios en capital, un estado de flujo de efectivo, así como notas, que comprenden un resumen de políticas contables importantes y otras notas aclaratorias.

36. La administración es responsable de identificar el marco de referencia de información financiera que se ha de usar en la preparación y presentación de los


estados financieros. La administración también es responsable de preparar y presentar los estados financieros de acuerdo con ese marco de referencia de
información financiera aplicable. Esta responsabilidad incluye:


·         Diseñar, implementar y mantener un control interno relevante a la prepara-ción y presentación de estados financieros que estén libres de representación errónea de importancia relativa, ya sea debida a fraude o error.

·         Seleccionar y aplicar políticas contables apropiadas.

·         Hacer estimaciones contables que sean razonables en las circunstancias.


Determinación de la aceptabilidad del marco de referencia de información

financiera

37.    El auditor deberá determinar si el marco de referencia de información financiera adoptado por la administración al preparar los estados financieros es aceptable. El auditor ordinariamente toma esta determinación cuando considera si acepta el trabajo de auditoría, según se discute en la NIA 210, Términos de los trabajos de auditoría. Un marco de referencia de información financiera aceptable se conoce en las NIA como el "marco de referencia de información financiera aplicable.

38.   El auditor determina si el marco de referencia de información financiera adoptado por la administración es aceptable en vista de la naturaleza de la entidad (por ejemplo, que sea una empresa de negocios, una entidad del sector público o una organización no lucrativa) y el objetivo de los estados financieros.

Estados  financieros  diseñados  para  cumplir  con  las  necesidades  de

información financiera de usuarios específicos

39. En algunos casos, el objetivo de los estados financieros será cumplir con las necesidades de información financiera de usuarios específicos. Las necesidades de información de estos usuarios determinarán el marco de referencia de información financiera aplicable en esas circunstancias. Son ejemplos de marcos de referencia de información financiera para las necesidades de usuarios específicos: contabilización con base en impuestos para un juego de estados financieros que acompañan la declaración de impuestos de una entidad; las disposiciones de información financiera de una dependencia reguladora del gobierno para que un juego de estados financieros cumpla con las necesidades de información de dicha dependencia; o un marco de referencia de información financiera establecido por las disposiciones de un acuerdo que especifica los estados financieros que deben prepararse. Los


estados financieros preparados de acuerdo con estos marcos de referencia de información financiera pueden ser los únicos estados financieros preparados por una entidad y, en tales circunstancias, con frecuencia son utilizados por los usuarios además de aquellos para quienes específicamente se diseña el marco de referencia de información financiera. A pesar de la amplia distribución de los estados financieros en esas circunstancias, para fines de las NIA. los estados financieros se siguen considerando como diseñados para cumplir con las necesi-dades dades de información financiera de usuarios específicos. La NIA 800.

Dictamen del auditor sobre compromisos de auditoría con propósito especial establece normas y da lineamientos sobre estados financieros cuyo objetivo es cumplir con las necesidades de información financiera de usuarios específicos.
Aunque no puedan identificarse los usuarios específicos, la NIA 800 también se refiere a los estados financieros que se preparan de acuerdo con un marco de referencia que no está diseñado para lograr una presentación razonable.

Estados financieros diseñados para cumplir con las necesidades comunes

de información financiera de una amplia gama de usuarios

40. Muchos usuarios de estados financieros no están en una posición de demandar que los estados financieros se ajusten a la medida para cumplir sus necesidades específicas de información. Aunque no pueden cumplirse todas las necesidades de información de los usuarios específicos, hay necesidades de información financiera que son comunes a una amplia gama de usuarios. Los estados financieros preparados de acuerdo con un marco de referencia de información financiera diseñado para cumplir con las necesidades comunes de información de una amplia gama de usuarios se conocen como "estados financieros de propósito general."

Marcos de referencia de información financiera establecidos por organizáciones autorizadas o reconocidas

41. Al presente, no hay una base objetiva ni autorizada que se haya reconocido globalmente de manera general para juzgar la aceptabilidad de los marcos de referencia de información financiera que se hayan diseñado para estados financieros de propósito general. Hasta que exista esta base, se supone que los marcos de referencia de información financiera establecidos por organizaciones que sean autorizadas o reconocidas para promulgar normas que se usen por ciertos tipos de entidades, son aceptables para estados financieros de propósito general preparados por dichas entidades, siempre y cuando las organizaciones sigan un proceso establecido y transparente que implique deliberación y consideración de los puntos de vista de una amplia gama de partes interesadas.

Los ejemplos de estos marcos de referencia de información financiera incluyen:

·         NIIF promulgadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.

·         IPSAS  (Normas  Internacionales  de  Contabilidad  del  Sector  Público)  pro-


mulgadas   por   la   Federación  Internacional  de  Contadores  -   Consejo   de

Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público.

· Principios de contabilidad generalmente aceptados promulgados por un reconocido establecedor de normas en una jurisdicción particular.


Estos marcos de referencia de información financiera a menudo se identifican como el marco de referencia de información financiera aplicable en los requisitos legislativos y reguladores que rigen la preparación de los estados financieros de

propósito general. Refiérase a la NIA 800 para marcos de referencia de información financiera diseñados para cumplir con las necesidades particulares de una dependencia reguladora del gobierno.

Marcos  de  referencia  de  información  financiera  complementados  con

requisitos legislativos y reguladores

42. En algunas jurisdicciones, los requisitos legislativos y reguladores pueden complementar una marco de referencia de información financiera adoptado por la administración con los requisitos adicionales relativos a la preparación y presentación de los estados financieros. En estas jurisdicciones, el marco de referencia de información financiera aplicable, para fines de aplicar las NIA, abarca tanto . el marco de referencia de información financiera identificado como dichos requisitos adicionales, siempre y cuando no entren en conflicto con el marco de referencia de información financiera aplicable. Éste puede ser el caso cuando los requisitos adicionales prescriben revelaciones además de las requeridas por el marco de referencia de información financiera identificado o cuando reducen la gama de selecciones aceptables que pueden hacerse dentro del marco de referencia de información financiera identificado. Si los requisitos adicionales entran en conflicto con el marco de referencia antes mencionado, el auditor discute la naturaleza de los requisitos con la administración y si pueden cumplirse los requisitos adicionales mediante revelaciones adicionales. Si esto no es posible, el auditor considera si es necesario modificar el dictamen del auditor. (Ver NIA 701, Modificaciones al dictamen del auditor independiente.)

Jurisdicciones que no tienen una organización establecedora de normas

autorizada y reconocida

43. Cuando una entidad está registrada u opera en una jurisdicción que no tiene una organización autorizada o reconocida para establecer normas, la entidad identifica un marco de referencia de información financiera aplicable. La práctica en esas jurisdicciones con frecuencia es utilizar un marco de referencia de

información financiera establecido por una de las organizaciones descritas en el párrafo 41. De modo alternativo, puede haber convenciones contables establecidas en una particular jurisdicción que sean generalmente reconocidas como el marco de referencia de información financiera aplicable para los estados


financieros de propósito general preparados por ciertas entidades especificadas que operen en esa jurisdicción. Cuando la entidad adopta ese marco de referencia de información financiera, el auditor determina si puede considerarse que las convenciones contables en su conjunto constituyen un marco de referencia de información financiera aceptable para estados financieros de
propósito general. Cuando las convenciones contables se usan ampliamente en una jurisdicción particular, la profesión contable de esa jurisdicción puede haber considerado la aceptabilidad del marco de referencia de información financiera en nombre de los auditores. De modo alternativo, el auditor toma esta determinación al considerar si las convenciones contables revelan atributos que normalmente muestran los marcos de referencia de información financiera aceptables o al comparar las convenciones contables con los requisitos de un marco de referencia de información financiera existente que se considere como aceptable.

44. Los marcos de referencia de información financiera aceptables para estados financieros de propósito general normalmente muestran los siguientes atributo5, los cuales dan como resultado información que se muestra en los estados financieros que es útil para los usuarios:

a) Relevancia, en cuanto a que la información que se da en los estados financieros es relevante a la naturaleza de la entidad y al objetivo de los estados financieros. (Por ejemplo, en el caso de una empresa de negocios que prepara estados financieros de propósito general, la relevancia se evalúa en términos de la información que se necesita para cumplir con las necesidades comunes de información de una amplia gama de usuarios para tomar decisiones económicas.

Estas necesidades ordinariamente se cumplen presentando razonablemente la posición financiera, desempeño finan.o ciero y flujos de efectivo de la empresa de negocios.)

b)  Integridad, en cuanto a que no se omitan transacciones y eventos, saldos de cuenta y revelaciones que pudieran afectarla presentación razonable de los estados financieros.

c)            Confiabilidad, en cuanto a que la información que se da en los estados financieros:

i) Refleja la sustancia económica de los eventos y transacciones y no meramente su forma legal.

ii) Da como resultado una evaluación, medición, presentación y revelación razonablemente consistentes, cuando se usa en circunstancias similares.

d)            Neutralidad, en cuanto a que contribuya a una información libre de sesgo en los estados financieros.


e)            Comprensibilidad, en cuanto a que la información de los estados financie-ros sea clara e integral y no esté sujeta a una interpretación con diferencias importantes.

45. Un conglomerado de convenciones contables ideado para satisfacer preferencias individuales no es un marco de referencia de información financiera aceptable para estados financieros que se proponen atender las necesidades comunes de información de una amplia gama de usuarios.

.46. La descripción del marco de referencia de información financiera en los estados financieros incluye información sobre la base de preparación de los

mismos y las políticas contables seleccionadas y aplicadas para transacciones y otros eventos importantes.

47. El auditor puede decidir el comparar las convenciones contables con los requisitos de un marco de referencia existente que se considera aceptable como, por ejemplo, NIIF promulgadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad. Para la auditoría de una entidad pequeña, el auditor puede decidir el comparar esas convenciones contables con un marco de referencia de información financiera desarrollado específicamente para esas entidades por una organización establecedora de normas autorizada o reconocida. Cuando el auditor hace esta comparación y se identifican diferencias, la decisión sobre si las convenciones contables adoptadas por la administración constituyen un marco de referencia de información financiera aceptable incluye el considerar las razones para las diferencias y si la aplicación de las convenciones contables

podría dar como resultado estados financieros equívocos.

48. Cuando el auditor concluye que el marco de referencia de información financiera adoptado por la administración no es aceptable, considera las implicaciones en relación con la aceptación del trabajo (ver NIA 210) y el dictamen del auditor (ver NIA 701).

Expresión de una opinión sobre los estados financieros

49. Cuando un auditor expresa una opinión sobre un juego completo de estados financieros de propósito general, preparados de acuerdo con un marco de referencia encia de información financiera, diseñado para lograr una presentación razonable, el auditor se refiere a la NIA 700 (revisada), El dictamen del auditor independiente sobre un juego completo de estados financieros de

propósito general para normas y lineamientos sobre los asuntos que él considera para formar una opinión de dichos estados financieros y de la forma y contenido del dictamen del auditor. El auditor también se refiere a la NIA 701 cuando expresa una opinión modificada de auditoría, incluyendo un párrafo de énfasis de asunto, una opinión con salvedad, una abstención de opinión o una opinión adversa.


50.       El auditor se refiere a la NIA 800 cuando expresa una opinión sobre:

a)            Un juego completo de estados financieros preparados de acuerdo con otra base inteural de contabilidad.

b)            Un componente de un juego completo de estados financieros de propósito general o de propósito especial, como un solo estado financiero, cuentas especificadas. elementos de cuentas o partidas de un estado financiero.

c)            Cumplimiento de acuerdos contractuales.

d)            Estados financieros resumidos.


51. Además de tratar de consideraciones de información, la NIA 800 también se refiere a otros asuntos que el auditor toma en cuenta en estos trabajos relacionados con, por ejemplo, aceptación del trabajo y la conducción de la auditoría.

Fecha de vigencia

52. Esta NIA entra en vigor para auditorías de estados financieros por los periodos que comiencen en, o después del, 15 de diciembre de 2005.

Perspectiva del sector público

1. Independientemente de si una auditoría se conduce en el sector privado o en

el público, los principios básicos de auditoría siguen siendo los mismos. Lo que puede ser diferente para auditorías llevadas a cabo en el sector público es el objetivo y alcance de la auditoría. Estos factores a menudo son atribuibles a diferencias en el mandato de auditoría y requisitos legales o la forma de informar
(por ejemplo, puede requerirse a las entidades del sector público que preparen informes financieros adicionales).

2. Cuando lleva a cabo auditorías de entidades del sector público, el.auditor necesitará tomar en cuenta los requisitos específicos de cualesquier otras regulaciones, ordenanzas o directivas ministeriales que afecten al mandato de

auditoría y cualesquier requisitos especiales de auditoría, incluyendo la necesi-dad de considerar los asuntos de seguridad nacional. Los mandatos de auditoría pueden ser más específicos que los del sector privado y, con frecuencia, abarcan una gama más amplia de objetivos y un alcance más amplio del que se aplica a la auditoría de estados financieros del sector privado. Los mandatos y requisitos pueden también afectar, por ejemplo, el grado de discreción del auditor para establecer la importancia relativa, para informar defraude y error, y en fa forma del dictamen del auditor. Pueden también existir diferencias en el enfoque y estilo de la auditoría. Sin embargo, estas diferencias no constituirían una diferencia en los principios básicos y procedimientos esenciales.


APÉNDICE

Modificaciones de adaptación de la NIA 200 como resultado de la NIA 230 (revisada) Vigente para auditorías de estados financieros por periodos que comiencen en, o después del, 15 de junio de 2006.

LA  NIA  230  (revisada),  Documentación de auditoria emitida en septiembre de

2005, dio lugar a modificaciones de adaptación de la NIA 200. Las modificaciones de adaptación de la NIr1200 entran en vigor para auditorías de estados financieros por los periodos que comiencen en, o después del, 15 de junio de 2006.

Una vez en vigor, las modificaciones de adaptación expuestas a continuación se incorporarán al texto de la NIA 200 y este apéndice se eliminará.

Las siguientes frases se insertan al final del párrafo 14:

El auditor puede, en circunstancias especiales, juzgar necesario desviarse de un principio básico o un procedimiento esencial que sea relevante en las circunstancias de la auditoría, para lograr el objetivo de la misma. En tal caso, no se impide al auditor representar el cumplimiento con las NIA, siempre que la desviación se documente de manera apropiada según requiere la NIA 230

(revisada), Documentación de Auditoría.